DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por cuanto no hay certeza sobre el autor, ni existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay bases para el enjuiciamiento de POSADA DIAZ ANGEL ANIBAL, venezolano, natural de Municipio Andrés Eloy Blanco, nacido el día 04/01/1979, de 31 años de edad, de profesión u oficio: Colector, estado civil; soltero, grado de instrucción: 4º grado, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.593.854, hijo Judith Angelina Díaz y Aníbal Antonio Posada Sánchez, domiciliado en el Barrio Cementerio, calle La Paz Nº 05-35, al lado del Abastico El Guayabal, Sanare, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Lara, no posee numero telefónico, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 318 Ordinal 4°.....