En base a los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 3, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que me confiere la Ley, ABSUELVE a los Ciudadanos CARLOS EDUARDO VIZCAYA, de nacionalidad venezolana, natural de Duaca Estado Lara, fecha de nacimiento 16-07-1977, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de oficio Macheteador, titular de la cédula de identidad NO HA CEDULADO, hijo de Pastora Coromoto Torrealba (v) y Elbacio Antonio Vizcaya (V), residenciado en callejón 1, Barrio Padre Orestes, casa S/N, Duaca, Estado Lara. OSWALDO JOSÉ VIZCAYA TORREALBA, de nacionalidad venezolana, natural de Duaca Estado Lara, fecha de nacimiento 05-04-1971, de 32 anos de edad, de estado civil soltero, de oficio trabajador del campo, titular de la Cédula de Identidad No 13.033.604. hijo de Pastora Coromoto T.....