DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido al ciudadano JOSÉ MEDARDO LÓPEZ GARCÉS identificado en autos, condicionando esta suspensión a las siguientes medidas: PRIMERO: Residir en un lugar determinado, sin cambiar de lugar de residencia sin la previa participación al delegado de prueba que le sea asignado y al Tribunal SEGUNDO: Prohibición de acercarse a la casa en la que habita la víctima y su grupo familiar con fines distintos a lo relacionado con la hija que procrearon en común; asimismo de acercarse a la víctima con fines de malos tratos sean físicos o verbales. TERCERO: Mantener la actividad laboral que se encuentra desempeñando. CUARTO: La presentación ante el Delegado de Prueba que se le designe y el acatamiento de las orientaciones que éste le imparta. Igua.....