En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Unipersonal en Función de Juicio Número Tres del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano FERNANDO ALBERTO TORREALBA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, nacido el 11/10/1967 en ésta ciudad, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.426.203, de profesión u oficio Obrero, hijo de María Torrealba y Demetrio Ollarve, residenciado en Barrio La Paz, sector 10 casa Nº 07 Barquisimeto Estado Lara, asistido por la Defensora Pública Abogada Zarelly Zambrano, por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos. SEGUNDO: Se ordena el cese de las Medidas de Coerción Personal dictadas en contra del ciudadano FERNANDO ALBERTO TORREALBA, ya identificado, como consecuencia de la presente.....