Este Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio No 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, REVISA la medida de privación judicial preventiva de libertad al imputado JEAN CARLOS CHIRINOS MARTINEZ, identificado en autos, y la SUSTITUYE por las medidas cautelares sustitutivas de libertad, previstas en el artículo 256 numeral 3 y 4 del Código Adjetivo Penal, en consecuencia, de quedar en libertad por la causa que se le sigue por el tribunal de control, No P-2003-00441, deberá el imputado presentarse cada quince (15) días por ante este Circuito Judicial Penal (URDD), se le impone la prohibición de salir de la jurisdicción del Estado Lara sin autorización del tribunal. A quien se le imputa la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tip.....