/Este Tribunal en Funciones de control N° 1 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara improcedente la Revisión de la Medida solicitada por el profesional del derecho abogado WILLAN JOSÉ CASTRO, en su condición de Defensor Privado del ciudadano OMAR RAMÓN GONZÁLEZ, identificado plenamente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en el articulo 460 y 278 del Código Penal. Notifíquese a las partes, regístrese y cúmplase.