Por las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a tenor de lo dispuesto en el articulo 318.4 del COPP, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de JHONNY PARRA, CIRILO PARRA Y JUAN PARRA por el delito de LESIONES, tipificado en el art 413 del Código Penal en perjuicio de ALFREDYS DE LA CRUZ PARRA EREU, ya que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay bases suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento.