DE LA APERTURA A JUICIO
Pues bien, admitida como ha sido totalmente la Acusación presentada por la Fiscalía Undécima del Ministerio Público así como las pruebas ofrecidas, en base a los elementos ya indicados, y considerando que existen bases serias para el enjuiciamiento del acusado así como un rechazo por parte del acusado sobre los hechos, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY ORDENA LA APERTURA DE LA PRESENTE CAUSA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en contra del ciudadano JEAN CARLOS PARGAS MARIN, ya identificado, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA AGRAVADA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 31, tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
DEL EMPLAZAMIENTO Y REMISIÓN
Quedaron las partes emplazadas para que en plazo de cinco (05) días concurran ante el Juez de Juicio, de conform.....