CONDENA al ciudadano JOSE ALEXANDER DIAZ PARRA ya identificado, a sufrir la pena de Dos (02) años de prisión, por ser autor responsable del Delito de ESTAFA EN GRADO DE TENTATIVA previsto y sancionado en el artículo 464 encabezamiento en relación con el artículo 80 y 82 todos del Código Penal vigente para el momento en que se cometieron los hechos en agravio de la ciudadana PETRA RAFAELA PEREZ DE JIMENEZ, calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procesales respectivas; SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal vigente; TERCERO: Se mantiene la Medida Cautelar de presentación decretada al procesado en su oportunidad mientras la presente causa es remitida al juzgado de Ejecución correspondiente a los fines previstos en el libro Quinto del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se exonera a la parte perdedora del pago de costas procesales, por aplicación de lo dispuesto en el artícu.....