/Este Tribunal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE PRESENTACIÓN a los ciudadanos MIREYA CECILIA LUQUE QUERALES, YENMARETH GUILLEN LUQUE Y WINSGTON GUILLEN LUQUE a cada 30 días de conformidad con el Artículo 256 Ordinal 3° del COPP, manteniéndose el Ordinal 4° Prohibición de salida del Estado. Notifíquese a las partes, regístrese cúmplase.