Por las razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 1, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, PRIMERO: acuerda sustituir la privación preventiva de la libertad de el ciudadano Morles Pérez Rafael José, anteriormente identificado por la medida cautelar sustitutiva contemplada en el artículo 256 numerales 3 (consistente en la obligación de presentarse periódicamente una vez cada ocho días ante las taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal), 4 (prohibición de salir del Estado Lara sin autorización del Tribunal) y 6 (prohibición de comunicarse con las víctimas) del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: decreta la continuación de la causa por la vía del procedimiento ordinario. TERCERO: Tomando en consideración que según constancia médica emanada del Dr. Peraza Tarcisio adscrito al Ambulatorio del Su.....