Revisado el presente asunto con ocasión del escrito presentado por el ciudadano Claudio Alexander Moreno en el que solicita se subsane el número del serial de carrocería del vehículo que le fuera entregado en calidad de depósito en fecha 05 de marzo de 2004, por cuanto en el auto que lo acuerda señala el N° “4” y en el Título de Propiedad del Vehículo aparece “Y”, este Tribunal, tomando en consideración que el tribunal ya emitió pronunciamiento al respecto, declara improcedente la solicitud presentada, por cuanto esta Juzgadora es incompetente para modificar la decisión de la Juez que se encontraba anteriormente como titular de este despacho judicial, sobre todo, cuando el serial aflorado en la experticia practicada en fecha 14 de abril de 2003, es el señalado en el referido auto. Así se decide. Notifíquese.