/Por lo antes expuesto este Tribunal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el ciudadano Manuel de Jesús Colmenárez Castañeda, identificado plenamente, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Jesús Maria Pautt Jiménez, identificado plenamente, en virtud de que están dados los presupuestos del artículo 250, 251, y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acordó el Procedimiento Ordinario. Notifíquese a las partes. Cúmplase.