/Este Tribunal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, conforme al Art. 256 Ord 1° a favor de los ciudadanos MIGUEL BRICEÑO, CARLOS GARCIA, ARGENIS GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO, previsto en el Art. 9 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores y adicionalmente para el ciudadano ARGENIS JOSE GONZALEZ PEREZ como PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del C.P. Así como la continuación de la causa por el procedimiento ordinario. Notifíquese a las partes. Regístrese, Cúmplase.