DECISION
Este tribunal en funciones de control N° 1, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL DESESTIMIENTO DE LA CAUSA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 301 ULTIMO APARTE DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL. Notifíquese a las partes, cúmplase, regístrese. remitiéndose las actuaciones una vez cumplidas las formalidades de ley al Fiscal Segundo del Ministerio Publico a los fines de su Archivo Fiscal de conformidad con el articulo 302 del Código Orgánico Procesal Penal.