/Visto el escrito presentado por la Abg. Rosa Pumilia, en su carácter de Representante de la Fiscalía 11° del Min. Público, se decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Preventiva de Libertad de la contemplada en el articulo 256 de Código Orgánico Procesal Penal en su ordinal 1°, como lo es Detención Domiciliaria, al ciudadano GREIMER ANCISAR LONDOÑO MARTÍNEZ, antes identificado, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en los artículos 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Notifíquese a las partes. Regístrese y Cúmplase.