DISPOSITIVO.-
PRIMERO: Se decreta la MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados MIGUEL ANGEL TORRES, Cedula de Identidad Nº 17.783.927; ROSMER JOSE LISCANO, Cédula de Identidad Nº 15.265.757 Y JOSE MANUEL ACACIO RAMOS, Cédula de Identidad Nº 16.584.814, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO AGRAVADO DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte en relación con la agravante del artículo 163 ordinal 11 ambos de la Ley Orgánica de Droga, ASOCIACION PARA DELINQUIR, artículo 2, 6, 16 ordinal 1º de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, artículo 470 del Código Penal y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, artículo 277 del Código Penal en relación con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos (PARA TODOS), adicionalmente para el ciudadano JOSE MANUEL ACACIO RAMOS, Cédula de Identidad Nº 16.584.814, el delito de FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, artículo 320 del Có.....