DISPOSITIVA
Con fundamento a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide en los siguientes términos: PRIMERO: Niega la solicitud, por cuanto la Tradición Legal del bien se inicia soportada en el Certificado de Registro de Vehiculo N° 27023657, que fue objeto de Experticia por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegación Lara, determinando su falsedad. En consecuencia se ordenará la confiscación del bien, quedando este a disposición del Ministerio de Finanzas debiendo notificarse a la Delegación Lara de la Procuraduría General de la República, enviándose copia de la decisión. SEGUNDO: Se ordena remitir el presente asunto al Archivo Judicial una vez conste en autos las respectivas notificaciones, por cuant.....