/Este el Tribunal en funciones de control N° 1 Administrando justicia, En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, por auto de esta misma fecha, vista la admisión de los hechos por los acusados RAFAEL ALEXANDER MANAURE RANGEL y DANIEL HERMINIO GATO JAIMES, conforme al Artículo 376 del COPP, Artículo 37 y Artículo 74 Ordinal 4° del Código Penal, PUBLICA sentencia condenatoria dictada en esta misma fecha, en la cual los CONDENO a cumplir la pena 1 año y 6 meses de Prisión más las accesorias de ley de conformidad con el Artículo 16 del Código Penal por la comisión del Delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 282 del Código Penal, que serán cumplidas donde designe el Juez de Ejecución. Remítase el asunto al Juez de Ejecución una vez firme la Sentencia.Se acuerda mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de la cual gozan actualmente, presentación cada 30 días, las cuales se harán a partir de la presente fecha.