D I S P O S I T I V A.
Por las razones antes señaladas este Tribunal en funciones de Control No. 1 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA LA ENTREGA DEL VEHICULO: Marca: Chevrolet, Modelo:Malibu, Placas de Alquiler: 504-474 ,Tipo: Sedan, Serial de Chassis:1T19MHV118428 (FALSO), Serial de Motor: VO601SDN1EN178285(ORIGINAL), por cuanto el solicitante logró demostrar la titularidad de la propiedad ni la buena fé al momento de adquirir el referido bien mueble todo de conformidad con el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda remitir las presentes actuaciones al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Notifíquese a las partes.Regístrese y Cúmplase.
El Juez de Control No.1
El Secretario
Abog. Antonio José Gutierrez