Por todos los razonamientos jurídicos y fácticos, este Juzgado Primero en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; RESUELVE:
1.- CONDENA EN APLICACIÓN AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS A VICTOR SAMIR URDANETA ESPINOZA, a cumplir la pena de TRES (03) años y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN más las accesorias del artículo 16 del Código Penal venezolano. A la ciudadana VIRGINIA ELENA SANDOVAL a cumplir la pena de TRES (03) años de prisión, con aplicación del artículo 74 numeral 4 del Código Penal, por la buena conducta predelictual, más las accesorias de ley contenidas en el artículo 16 eiusdem, que será cumplida en el Establecimiento Penitenciario que disponga el Tribunal de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, conforme al artículo 14 del Código penal venezolano. Siendo condenados por la admisión.....