: PRIMERO: Reunidos los requisitos, a los que alude el artículo 326 del COPP SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Representación Fiscal, contra el CIUDADANO NICOLAS ALBERTO FRIAS LOPEZ por el delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley de Orgánica de Drogas, publicada en Gaceta Oficial 39510, del 15-09-2010; SEGUNDO: Se admiten las Pruebas indicadas por parte del Ministerio Publico indicadas a los folios 34 al 36 EXCEPTO las indicadas como documentales en los particulares primero y segundo, ya que las actas policiales y de investigación no son pruebas documentales, son solo elementos de convicción, deberá el Ministerio Público presentar al órgano de prueba ante la audiencia de juicio oral y público; y las promovidas la DEFENSA, tal y como lo establece el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal en su ordinal 5º, por ser Licitas, Necesarias y Pertinentes. .....