DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 numerales 1º, 2º y 3º; 251 numerales 2°, 3° y 252 numerales 1º y 2º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano DANIEL FELIPE ALVAREZ GRATEROL ut supra identificado por la presunta comisión del delito del delito de Robo Agravado de Vehículo previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, ordenándose la tramitación de la causa por la vía del Procedimiento Ordinario. Se declara sin lugar Reconocimiento en rueda de personas de conformidad con lo establecido en el artícul.....