/Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley la suspension condicional del proceso por un lapso de 2 años, a partir del dia de hoy 09-06-2005, 1) Residir en un lugar determinado el cual sera el suministrado por el tribunal. 2) Continuar con los estudios en la universidad 3) Mantenerse en un trabajo estable, 4)Se deja sin efecto la prohibición de salidad del estado, y se impone la medida cautelar de la prevista en el art.256 ord 3°Presentación periodica ante el Tribunal cada 30 dias a partir del dia de hoy, 5) oficiar a la unidad tecnica del centro penitenciario quien debera remitir imforme mensual sobre el comportamiento del regimen impuesto.