DISPOSITIVA
PRIMERO: En presencia de las partes este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley resuelve:
SEGUNDO: Mantiene la Medida Privativa de Libertad por cuanto no han varido las circunstancias que originaron
TERCERO: Admite las pruebas testimoniales de los experto, Oscar Alvarado, Eusebio Triana y Gustavo Camacho. Así mismo las declaraciones del Funcionario Alirio Antonio Meléndez.
CUARTO: Admite los documentales para su incorporación a la lectura. Los siguientes avaluó real N0 9700-008-804, la Experticia de Reconocimiento y avaluó N0 9700-056-056-0250603.
QUINTO: En cuanto lo solicitando por la Defensa en relación con una medida sustitutiva, este Tribunal la Niega.
SEXTO: La defensa no presentó prueba por lo que se adhiere la presentada por la Fiscalía.
SEPTIMO: Se ordena remitir las actuaciones al Juez Correspondiente. REGISTRESE Y CUMPLASE-.