DISPOSITIVA
En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: El Archivo Judicial de las Actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, a los Imputados DIEGO PASTOR CORDERO, cedula de identidad 17.573436 y SALAS AVILA RENE ALBERTO, cedula de identidad 17327.777, identificados en autos, por el delito de Posesión ilícita de Droga previsto y sancionado en el art. 153 de la ley Orgánica de Droga; SEGUNDO: Se acuerda el cese de toda medida de coerción personal que recaiga sobre la ciudadana DIEGO PASTOR CORDERO, cedula de identidad 17.573436 nacido el 23.04.87 y SALAS AVILA RENE ALBERTO, cedula de identidad 17327.777, por la presente causa. Publíquese y Cúmplase. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Dada.....