/Este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda 1): Admitir totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano CLAUDIO MODESTO BRICEÑO HERNANDEZ por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6, ordinales 2, 3 y 12 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y artículo 219 del Código Penal. 2): Admitir los Medios de Prueba, ofrecido por el Ministerio Público y por la Defensa, para ser evacuados en el juicio Oral y Público, por haber sidos legalmente incorporados al proceso, obtenidos por los medios lícitos, ser pertinentes y necesarios, para el descubrimiento de la verdad. De conformidad con el Articulo 330 en su Ord. 9° del Código Orgánico Procesal Penal; así como también lo solicitado por la defensa de adherirse a las pruebas ofrecidas por la fiscalía en cuanto beneficien a su defendido en vi.....