DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinales 3° 4° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano ANDRES ERNESTO MORENO LEON, Cédula de Identidad N° 10.991.932, de 33 años de edad, nacido en Tinaquillo Estado Cojedes el 30-11-70, hijo de Federico Moreno Míreles y Beatriz León de oficio mesonero, domiciliado en barrio 19 de Abril, casita de Sabana Grande calle Libertador, casa 5-13, vía Tamaca, por el delito HURTO previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal. Así como la continuación de la causa por el procedimiento ordinario.