DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; a tenor de lo dispuesto en el artículo 315 del COPP, DECRETA EL ARCHIVO FISCAL , por la presunta comisión de el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOR, en contra de DESCONOCIDO , sin perjuicio de la reapertura de la investigación cuando aparezcan nuevos elementos de convicción que lo ameriten.
Líbrese boleta de notificación a fiscalia, defensa e imputados.
Líbrese boleta de notificación a la víctima e indíquesele que de conformidad con el articulo 315 del COPP, "En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes".
Dada, firmada y sellada, en el Despacho del Tribunal, a los veinticinco (25) días de.....