/Se fundamenta la decisión dictada en Audiencia Oral celebrada en fecha 30/06/05, mediante la cual se acordó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinales 3° presentación cada 30 días y ordinal 4° Prohibición de salida del país, a favor del ciudadano WILLIAN RAFAEL CAMPOS CAÑIZALEZ identificado plenamente en actas, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA previstos y sancionadas en los artículos 460, 415 y 278 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano IRAIDO RINCON PALMAR. Déjese sin efecto la orden de captura. Notifíquese. Cúmplase.