/Vistos y escuchados los alegatos tanto del representante del Ministerio Público, y a las defensa de los imputados; este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: 1).-Admitir totalmente la acusación. 2).- Admitir los Medios de Prueba. 3).- Acuerda para NERIO COLMENAREZ y RAFAEL YEPEZ, medida cautelar sustitutiva de libertad conforme al Art. 256 ordinal 3°, 4°, 6° y 9° y decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad del imputado REINALDO ANTONIO GARCIA GONZALEZ. 4).- Se ordena abrir el Juicio Oral y Público. 5).- En virtud de que el ciudadano AMABLE COLMENÁREZ, CORNELIO COLMENÁREZ Y ORLANDO COLMENÁREZ, hicieron uso de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso admitiendo los hechos en forma voluntaria y solicitando la Suspensión Condicional del Proceso... Este Tribunal admite la acusación y las pruebas por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, por lo cual la .....