Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Alicia Malqui Sánchez en su carácter de Defensora Pública del ciudadano Jhovanny Freitez Álvarez, contra la decisión dictada en fecha 07 de Noviembre del 2011 y fundamentada en fecha 09 de Noviembre de 2011, mediante el cual el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano Jhovanny Freitez Álvarez, por la presunta comisión de los delitos de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en los artículos 357 tercer aparte del Código Penal. VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica a las Mujer.....