Por los razonamientos antes expuestos, quien aquí decide, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la Dra. Yanina Beatriz Karabin Marín, Jueza Profesional de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara., en el Asunto signado bajo el N° KK01-X-2007-000029, por encontrarse incurso en la causal de inhibición contenida en el artículo 86 numeral 8º en relación con el artículo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.