Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR, el recurso interpuesto por el Abogado Alirio Echeverría, en su condición de Defensor Privado del ciudadano ALEJO MARCELINO ALVAREZ MAJANO.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD de la sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de Diciembre del 2006 y publicada en fecha 15 de Enero de 2007, mediante la cual condenó al ciudadano ALEJO MARCELINO ALVAREZ MAJANO, por la comisión del delito de Homicidio Simple, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal vigente.
TERCERO: Se ORDENA LA REALIZACIÓN DE UN NUEVO JUICIO ORAL Y PÚBLICO.
CUARTO: Remítase en su oportunidad legal el presente asunto, al Tribunal de Juicio de este Circuito .....