DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por las Defensores Privados Abg. HUMBERTO MORENO, Abg. ROSARIO SANDOVAL ; actuando en tal carácter del ciudadano LUIS RAFAEL SANDOVAL SANCHEZ, Venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº20.925.939, Abg. DUMNIA RIVAS, actuando en el carácter de los Ciudadanos HECTOR JOSE ARROYO PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº. 15.109.814, YORDANY ANTONIO ROAS, titular de la cedula de Identidad Nº. 17.638.035, PEDRO PASTOR LUCENA PEREZ, titular de la cedula de identidad 20.017.676, RAMON EDUARDO GODOY RAMOS, titular de la cedula de identidad Nº. 19.114.273, RANDOLHP ALEXANDER RODRIGUEZ RANGEL, titular de la cedula de identidad Nº. 24.162.770, JOSE LUIS RODRIGUEZ ANGULO, titular de la cedula de identidad Nº......