DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el Defensor Público Decimo Abg. Carlos León, en contra la decisión dictada en fecha 10 de Noviembre de 2015 y fundamentada en fecha 24 de Noviembre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreta la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los ciudadanos DANNY ADAN MERZA OLIVEROS, titular de la cedula de identidad Nº.24.165.757 y JUAN RAMON CORONEL CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nº11.279.918 por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, PORTE ILICITO DE ARMA .....