Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Profesional del Derecho Abogado Héctor José Medina Martínez, actuando en su carácter de Defensor Privado del ciudadano SILVINO TODESCHINI ALDAGHERI, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 5 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de Marzo de 2007, que declaró SIN LUGAR las excepciones opuestas por la defensa conforme al artículo 28 numeral 4 literal C del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la decisión dictada por el tribunal Ad Quod.
TERCERO: Remítase las presentes actuaciones al Juez de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que.....