Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada PERLA TORRELLES PÉREZ, actuando en su condición de Defensora Pública del ciudadano JOSÉ DANIEL MUJICA, contra la decisión dictada en Audiencia de Calificación en Flagrancia celebrada en fecha 22 de Febrero de 2012 y fundamentada el 23 de Febrero de 2012, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 10 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, mediante el cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a su defendido, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia. ROBO AGRAVADO, prev.....