DISPOSITIVA
En base a las anteriores consideraciones, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de apelación de Auto interpuesta por el Defensor Privado Abg. RAFAEL R. SIMANCAS A. actuando en tal carácter del ciudadano JESUS DANIEL GORI ALVARADO, titular de la cedula de identidad Nº.17.573.897en el asunto principal signado con el Nº KJ01-P-2009-000070, en contra la decisión dictada en fecha 04 de Septiembre de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución Nº02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó por improcedente la solicitud de la medida humanitaria al ciudadano JESUS DANIEL GORI ALVARADO, titular de la cedula de identidad Nº.17.573.897, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES Y HOMICIDIO INTENCIONAL CA.....