Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por las Abg. Mariangel García Liscano, María Milagros Parra Machado y Reyna Margarita Franquiz Gómez, en su condición de Fiscal Vigésimo Sexta y Fiscales Auxiliares Interinas Vigésima Sexta del Estado Lara respectivamente, contra la decisión proferida en fecha 23-07-2014 y fundamentada en fecha 11-08-2014, mediante la cual el Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, ABSUELVE a los ciudadanos Emilio Pastor Méndez Rolando y Yonathan Joel Torrellas Mancilla por el delito de Robo Agravado De Vehículo Automotor previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 ordinales 1,2 y 3, de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo y en cuanto al delito de Ocultamiento De Arma De Fuego, previsto y sancion.....