Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE el Recurso de Apelación de autos interpuesto por la Abogada Yglenes Sánchez Velásquez, en su condición de defensora pública de la ciudadana Dannelis Coromoto Rodríguez Márquez, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 21 de marzo de 2014 y fundamentada en fecha 26 de marzo de 2014, mediante la cual acordó la medida judicial preventiva privativa de libertad por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1ro del Código Penal, la agravante que prevé el articulo 217 de la LOPNNA, por cuanto la misma no tiene razón de ser en est.....