DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza Tercera en función de Juicio Itinerante de este Circuito Judicial Penal, abogada Yeanetsy Arroyo, mediante acta levantada en fecha 18 de Noviembre de 2016, en el asunto KP01-P-2011-013268, seguido a los ciudadanos JOSE GUSTAVO CASTILLO , HENRY ANTONIO PIÑA OVIEDO Y JOSE GIOVANNY TORREALBA, en virtud de haber dictado Sentencia Condenatoria en relación al ciudadano HENRY RAMON ORELLANA, titular de la cédula de identidad N° 7.327.239, por encontrarle responsable penalmente en el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES, SIETE (07) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley.
Publíquese......