Con base a las razones que se dejan expresadas, ésta Sala Accidental Nº 03 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Yoleida Rodriguez, en su condición de Defensora Pública Décima Segunda, actuando en Defensa del ciudadano ALBERTO JOSÉ RIVERO MACIA, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 6 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 09/10/2012 y fundamentada en fecha 15/10/2013, en el asunto signado bajo el Nº KP01-P-2011-020943; mediante el cual CONDENA al ciudadano ALBERTO JOSE RIVERO MACIAS, Titular de la Cedula de Identidad Nº 18.656.008, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS Y SEIS (06) MESES, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artíc.....