Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Abogado Francisco García Fernández en su carácter de Defensor Privado del ciudadano Alirio Russo Montes Álvarez, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por la accionante CESO, cuando el Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 06 de este Circuito Judicial Penal, Abg. Edwin Andueza, en fecha 07 de Diciembre de 2010, se pronunció respecto a la solicitud realizada por el Abg. Francisco García Fernández, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Alirio Russo Montes Álvarez, sobre la fundamentación de la decisión dictada en fecha 26 de Julio del 2010, en el asunto principal signado con el N° KP01-P-2008-.....