DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la Juez LEILA-LY ZICARELLI DE FIGARELLI, Jueza de Primera Instancia Penal de este Circuito Judicial Pena en funciones de juicio N° 2, fundamentada en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase al Juez que conoce del asunto principal, a los fines de que sea agregado al mismo.
Publíquese y regístrese. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto a los 05 días del mes de Junio del año dos mil siete (2007). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.