DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación con EFECTO SUSPENSIVO, interpuesto por el Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Juzgado Decimo Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Carora, en audiencia oral de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal , celebrada en fecha 28 de Marzo de 2017, mediante el cual IMPUSO Medida de Detención Domiciliaría, contenida en el Artículo 242 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano ALEXANDER JOSE ARAUJO AGUERO, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.619.002.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la decisión objeto de impugnació.....