DISPOSITIVA
Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Jerman Escalona, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Jhonny Francisco Parra Perdomo, contra la Sentencia Definitiva dictada en fecha 14 de Agosto de 2008 y fundamentada en fecha 29 de Septiembre de 2008, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 04, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, donde CONDENÓ al ciudadano JHONNY FRANCISCO PARRA PERDOMO, a cumplir la pena de siete (07) años de prisión mas las accesoria de la ley de conformidad con el articulo 16 del Código Penal, por el delito de Robo Agravado y Agavillamiento, previsto y sancionado en los artículos 458 286 del Código penal.
SEGUNDO: Se corrige.....