Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR POR INOFICIOSO, el Recurso de Apelación, interpuesto por la Abogada Almarina Ferrer Guerrero, en su condición de Defensora Pública del ciudadano Valmore Daramis Rodríguez Colmenárez, formulado en contra de la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que Declaró Sin Lugar el Decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesaba sobre su defendido, por cuanto en fecha 26 de Octubre del 2007, el mencionado Tribunal, CONDENÓ al ciudadano Valmore Daramis Rodríguez Colmenárez a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley por la comisión del Delito de SECUESTRO, previsto y san.....