SE DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogada en ejercicio: Abog. Felipe José López Meléndez, actuando en condición de Defensor del Imputado JHONNY JOSÉ ALVAREZ CHIRINOS, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Décimo de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Carora, de fecha 05 de Septiembre del año 2003, mediante la cual se decreta la Privación Judicial Preventiva, contra el imputado supra mencionado, suficientemente identificado en el asunto, por la comisión de los delitos de Homicidio y Enfrentamiento Policial, previstos y sancionados en los artículos 407 y 219 del Código Penal.
SEGUNDO: QUEDA CONFIRMADA TOTALMENTE la decisión de la Juez de Control Nro. 10, extensión Carora, de fecha 05-09-2003 mediante la cual se Acordara la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada al imputado, ampliamente identificado en autos.