Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación con motivo de Efecto Suspensivo interpuesto por la Fiscalia Undécimo del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 07 de éste Circuito Judicial Penal, en audiencia oral de calificación de flagrancia, celebrada en fecha 29 de Mayo de 2010 y fundamentada en fecha 29 de Mayo de 2010, mediante la cual decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad al ciudadano PASTOR ANTONIO GUTIERREZ cedula de identidad V.-7.326.832, consistente de LA PRESENTACION PERIODICA cada 30 días ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la Decisión objeto de impug.....